(1) Moreno, S.F. 1999. Nota enviada por la ARN a "Lic. Otheguy". Nota ARN 2875/99, fechada en Buenos Aires el 9 de diciembre de 1999, versión en inglés, 2 p. La Lic. Sonia Fernández Moreno dice que el ingreso de combustible irradiado estaría justificado en una "justificada práctica", y ella considera que el acondicionamiento "es una justificada práctica". Concluye su documento diciendo "On the basis of the above mentioned considerations this ARN (NRA) thinks that the importation of radioactive material in the form of radiated or wear out fuel elements and the further re-exportation of the resulting product and the wastes generated by such a treatment process should be in compliance with standards in force". La versión oficial del documento en español dice: "Por lo antedicho, esta ARN considera que la importación de material radiactivo en la forma de elementos combustibles irradiados o gastados y la posterior re-exportación del producto obtenido y los desechos provenientes de dicho proceso de acondicionamiento se ajustaría a la normativa vigente". Es inadmisible que estos rudimentarios papeles de la ARN hayan sido tomados por INVAP como una habilitación para el contrato.  

       

Volver

   

 Volver a pagina Principal